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Motocicletas por el carril VAO: ¿pueden circular por él?

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Los carriles para «Vehículos de Alta Ocupación» surgieron con la idea de descongestionar algunas vías con una densidad de tráfico muy alta y de promover el uso compartido de los vehículos que circulan por ellas.

Motocicletas por el carril VAO: ¿pueden circular por él?

¿Está permitido que las motocicletas circulen por un carril VAO?

Los carriles VAO se crearon para reducir el número de vehículos en las ciudades y fomentar el uso del transporte público. El primer Bus-VAO en inaugurarse fue el de la A-6 de Madrid en 1991 y en un principio solo permitía ser utilizado por autobuses de transporte público y vehículos con dos o más ocupantes, por lo que las motos no podían transitar por él cuando circulaban solo con el conductor.

Imagen: DGT

Sin embargo, tras la insistencia de la plataforma “Sí a la moto, defensa del motorista”, fundada en el año 2000 con el fin de luchar por los intereses de los motoristas como colectivo,  la orden ministerial reguladora incluyó una modificación, permitiendo que motos y triciclos pudiesen circular por el Bus-VAO aunque no llevasen pasajero. Para lograrlo, entonces se alegó que las motos y los triciclos siempre circulan al 50% de su ocupación como mínimo, y este fue un argumento suficiente para que las autoridades competentes del momento dieran su brazo a torcer.

¿Qué vehículos pueden circular por un carril Bus-VAO?

Ya sabemos que, en la actualidad, los triciclos y las motocicletas pueden circular por un carril Bus-VAO, pero no son los únicos vehículos. También pueden hacerlo turismos y furgonetas con un mínimo de dos ocupantes en su interior. También lo pueden hacer autobuses con masa máxima autorizada superior a 3.500 kilogramos y autobuses articulados. La orden ministerial reguladora hace algunas excepciones y contempla que, aunque vaya un solo ocupante en su interior, pueden circular por el Bus-VAO vehículos conducidos por personas con alguna minusvalía que luzcan la señal V-15 (que hace referencia a conductores con discapacidad física).

Del mismo modo, pueden transitar por estos carriles vehículos con un solo ocupante con etiquetas ambientales CERO y ECO de la DGT, con una autonomía mínima de 40 kilómetros, además de vehículos de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y asistencia sanitaria en servicio de urgencia, al igual que los equipos de mantenimiento de las instalaciones y de la infraestructura de la vía. Taxis y coches de car-sharing con un solo ocupante también los pueden utilizar.

Además es interesante señalar que por los carriles Bus-VAO no está permitida la circulación a vehículos con remolque. De este modo, los que transportan motos utilizando este método no podrán utilizar los carriles para “Vehículos de Alta Ocupación” a pesar de que en el interior del vehículo vayan dos personas o más.

Otra característica muy interesante de los carriles Bus-VAO es que están diseñados para que el sentido de la circulación sea reversible y, dependiendo de las horas del día y de los días de la semana, los vehículos que circulan por ellos lo hacen en un sentido o en otro.

Hasta ahora no hay muchos carriles Bus-VAO en España, pero con su funcionamiento se ha logrado agilizar el tráfico en las carreteras en las que han sido establecidos. Un estudio realizado en el de la A-6 dio como resultado que en los 10 primeros años se redujeron en un 47% los coches con un solo ocupante que circulaban por esta vía, lo que también suponía una importante disminución en las emisiones contaminantes y en la entrada de vehículos a la ciudad.

¿Cuáles son los carriles Bus-VAO que funcionan en España?

Madrid: calzada central de la carretera A-6 entre los kilómetros 6 y 20. Los horarios de lunes a viernes son de 6:00 a 11:30 horas en sentido entrada a Madrid capital, y de 13:30 a 22:00 horas en sentido salida. Fines de semana y festivos los horarios no son fijos, y hay que hacer caso a las indicaciones de los paneles luminosos. Además, viernes por la tarde, fines de semana y festivos, se permite el acceso libre a todo tipo de vehículos en determinadas horas y sentidos. La velocidad máxima en la mayor parte del recorrido es de 120 km/h. Desde 2006 también está permitido que las motos circulen entre los puntos kilométricos 7,300 y 3,200  (solo en el sentido decreciente), un tramo que hasta entonces estaba reservado a autobuses y que une el final de la Cuesta de las Perdices con el intercambiador de autobuses de Moncloa.

Barcelona: dos carriles en la C-58 entre la localidad de Ripollet y la Avenida Meridiana de Barcelona capital con una longitud de 6,82 km. La velocidad máxima es de 80 km/h y hay un radar de tramo que cubre todo el recorrido. También existe un carril en la C-31 a la altura de Badalona, para canalizar el tráfico en dirección Barcelona. Son 4 kilómetros que desembocan en el acceso a la capital y que se han señalizado en la calzada ya existente.

Imagen: DGT

Granada: carriles derechos en ambos sentidos de la carretera GR-3211 que une la localidad de La Zubia con las rotondas de entrada y de salida de la Ronda Sur de la capital granadina.

Sevilla: en la A49 entre el Aljarafe y Sevilla, un carril BUS VAO permite desde 2021 realizar un camino con menos atascos para el transporte público, motos, furgonetas, mixtos adaptables que no superen los 3.500 kilos y vehículos privados, todos ellos con más de un ocupante.

Por otro lado, el Ayuntamiento de Madrid ya ha aprobado la construcción de dos carriles Bus-VAO en la A-2, entre la capital y Torrejón de Ardoz, y el barrio de Las Rejas en San Blas-Canillejas. Se está estudiando la posibilidad de realizar otros carriles Bus-VAO en distintos puntos de España. Uno es entre Sevilla capital y la comarca de Aljarafe, otro en la A-5 en Madrid y el tercero en la TF-5 en Tenerife.

¿Cuál es la multa por no respetar las normas de los carriles Bus-VAO?

En un principio, los conductores infractores de las normas se exponen a una multa de 200 euros sin pérdida de puntos. Como ha sucedido en algún caso, no sirve argumentar que van acompañados de “un maniquí” o “del mejor amigo del hombre”. Sin embargo, existen agravantes como detenerse en lugares prohibidos, acceder en sentido contrario o conducir de manera temeraria, que pueden hacer que la multa ascienda hasta 500 euros y que suponga la retirada de hasta 6 puntos.

Por supuesto, se conservan el resto de las sanciones aplicadas en vías urbanas como no hacer uso del casco o el exceso de velocidad.

Imagen de portada: Dirección General de Tráfico.

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