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Guía para realizar un cambio de nombre en tu moto

6 minutos

Cambiar el titular de un vehículo es un trámite indispensable que hay que realizar entre particulares cuando se produce una compra o una venta. ¿Sabes qué pasos hay que seguir para hacerlo de forma rápida y sencilla?

Cambio de nombre de una moto
Guía para realizar un cambio de nombre en tu moto
Cambio de nombre de una moto

¿Cuándo se debe realizar el cambio de titular?

Cuando vendemos o compramos una moto usada entre particulares y si decidimos hacer la operación sin la ayuda de una gestoría, lo primero que debemos hacer es el cambio de titularidad o la transferencia. En ambos casos es importante realizar el cambio de nombre, pero se puede decir que cuando compramos una moto de segunda mano lo es todavía más, pues de este modo nos aseguramos de que la moto esté dada de alta administrativa y libre de cargas como pueden ser embargos, precintos, reservas de dominio, etc. Del mismo modo, la moto debe tener el Impuesto de Circulación y la ITV al día.

¿Es aconsejable solicitar un informe?

Para asegurarnos de que no vamos a tener problemas para realizar el cambio de titularidad, antes de realizar la operación de compra podemos solicitar un informe de la moto a la DGT. El informe puede ser reducido o detallado. El primero es gratis y nos advertirá con una señal verde de si es posible realizar la transferencia. En el caso de que la moto no pueda ser transferida, aparecerá una señal roja o naranja. El segundo informe cuesta 8,59 € y, además de informarnos de si está dada de alta o si tiene cargas, nos aporta datos sobre el nombre del titular y su dirección, del historial de la ITV y de si tiene pagado el impuesto de circulación. Estos informes los podemos pedir a la DGT de manera presencial con cita previa, por teléfono llamando al 060, en la sede electrónica o con la aplicación miDGT.

¿Cuáles son los plazos para realizar el cambio de titularidad de una moto?

Una vez que estemos seguros de que la moto que vamos a comprar está en buen estado y no tiene cargas, debemos realizar un contrato privado de compraventa de vehículos. Este se debe realizar por duplicado, uno para el vendedor y otro para el comprador, y será la prueba que utilizaremos en el caso de que surja algún problema a partir del momento en el que la moto cambie de una mano a otra. Si eres el comprador, tras la firma del contrato de compraventa, debes saber que tienes un plazo máximo de 30 días para realizar el trámite de cambio de titularidad.

Dos motoristas y una moto

Si eres el vendedor, es aconsejable realizar la notificación de la venta nada más efectuar la operación para estar exento de responsabilidades relacionadas con posibles sanciones, accidentes o delitos una vez entregada la moto al comprador. También es importante que te quedes con una copia del DNI, NIE, tarjeta de residencia o NIF del comprador. 

El contrato de compraventa debe incluir los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos, DNI y domicilio de comprador y vendedor. En el caso de empresas, nombre, domicilio y CIF.
  • Marca y modelo de la moto, además de color, matrícula, número de bastidor (NIVE) y kilómetros.
  • Precio y forma de pago.
  • Fecha, hora y lugar de la entrega.
  • Firma de comprador y vendedor.
Contrato de contravenía de un vehículo usado

¿Qué trámites hay que hacer para realizar un cambio de titularidad?

Una vez comprobado que la moto no tiene cargas y tras la realización del contrato de compraventa, el comprador deberá realizar el cambio de titularidad en Tráfico. Este trámite se puede realizar de manera presencial con cita previa en una oficina de Tráfico, llamando por teléfono al 060 o en la sede electrónica de la DGT si disponemos de @clave o certificado digital. Las empresas y personas jurídicas, así como sus representantes, solo pueden realizar el cambio de titularidad por internet. En todos los casos se debe aportar la siguiente documentación:

  • Permiso de Circulación original del vehículo.
  • Impreso de la DGT de cambio de titularidad. Si se hace telemáticamente se rellena en el momento. Se sugiere rellenarlo con letras mayúsculas.
  • Contrato de Compraventa debidamente cumplimentado y firmado.
  • Identificación del comprador: DNI, NIE o CIF originales. A través de la sede electrónica es suficiente el certificado o @clave.
  • Copia del DNI, NIE o CIF del vendedor
  • Copia del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (modelo 620 o 621) en la comunidad autónoma del comprador. El coste de este impuesto depende del valor venal de la moto y del porcentaje que se aplica en cada comunidad (entre un 4 y un 8%). Si el vendedor es una empresa, no deberá pagar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y se deberá aportar la factura correspondiente.
Cambio de titularidad de una moto

¿Qué tasas hay que pagar para realizar una transferencia de titularidad?

Si compras una moto de segunda mano, debes pagar la tasa 1.5 de 55,70 euros en todo el territorio nacional. Esta no tiene nada que ver con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

Si el vehículo que compras de segunda mano es un ciclomotor, debes pagar la tasa 1.2, cuyo importe es de 27,85 €.

En el caso de hacer el trámite por internet, puedes pagar la tasa correspondiente en el momento en el panel de “Solicitud”, pulsando el botón “Pagar”.

Si lo realizas de manera presencial, puedes pagar la tasa en las oficinas de Tráfico en el momento de efectuarlo. Se debe hacer con tarjeta de débito o crédito, nunca en metálico.

En vehículos procedentes de las Islas Canarias, Ceuta o Melilla, debes pagar una tasa adicional por importación de 8,67 €.

Un motero junto a su moto

¿Cómo tienes que actuar en el caso de que la moto sea una donación?

Si eres el beneficiario de la donación de una moto, igualmente debes hacer el cambio de titular en el plazo máximo de 30 días desde la firma del documento de donación por ambas partes, donante y beneficiario. Asimismo, la documentación que deberás aportar cambia un poco respecto a las transferencias ordinarias:

  • En el documento que entregues acreditando la transmisión del vehículo deberás hacer constar que se trata de una donación.
  • El impuesto que has de liquidar en tu comunidad autónoma es el de Sucesiones y Donaciones (ISD), cuyo justificante de pago deberás adjuntar a tu solicitud o, en su caso, el de su exención o no sujeción a este impuesto.

Por lo demás, el trámite y su coste es exactamente el mismo. En el caso de herencias, divorcios o separaciones, el trámite a realizar es igual al de una donación.

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Comentarios

  1. Juan Morillo Pozo dice:

    me vendieron una moto y no tengo contrato y el dueño no aparece por ningún lado no está ya en ese domicilio, que puedo hacer si no tengo su firma para tramitar los

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